Seis empresas de cárnicos fueron sancionadas por la SIC

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La Superintendencia de Industria y Comercio impuso millonarias multas a empresas ubicadas en Caldas por prácticas anticompetitivas en la distribución de subproductos del sacrificio animal.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones millonarias a seis empresas y diez personas naturales por implementar prácticas anticompetitivas en el mercado de adquisición, distribución y comercialización de subproductos del sacrificio animal. Las empresas sancionadas operaban en los municipios de Manizales, Chinchiná, Palestina, Neira y Aranzazu, en el departamento de Caldas.

Las empresas multadas son Prosan (actualmente en liquidación), Surtipiel, Agrosan (ahora Sanimax), Charry Trading, Frigocentro y Cercaldas, quienes deberán pagar un total de más de 7.000 millones de pesos. Estas empresas fueron acusadas de celebrar acuerdos restrictivos de la competencia, entre los que destacan pactos entre Prosan y sus competidores, Surtipiel, Agrosan y Charry Trading.

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A través de estos acuerdos, las empresas se comprometieron a no participar en el mercado de adquisición de subproductos en los mencionados municipios, recibiendo a cambio contraprestaciones y la obligación de comprar estos subproductos exclusivamente de Prosan.

Según la SIC, Prosan aprovechó su control indirecto sobre Frigocentro, la principal central de sacrificio de la zona, para presionar a otras empresas a suscribir estos acuerdos. Como resultado de este esquema, Prosan concentró de manera ilegal la compra de subproductos, creando un monopolio que eliminó la competencia en ese eslabón del mercado.

Además, la investigación reveló que, tras la liquidación de Prosan, la empresa Cercaldas S.A.S. sustituyó su participación en el sistema anticompetitivo, manteniendo la misma estructura directiva y las relaciones con las otras empresas implicadas.

La SIC destacó la importancia de los Programas de Beneficios por Colaboración (PBC) para detectar estas prácticas, aunque en este caso, Agrosan (hoy Sanimax) incumplió su compromiso de cesar la conducta anticompetitiva y no recibió los beneficios de exoneración de multa, siendo, en cambio, sancionada.

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