El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 0572 de 2025, que permite adelantar el recaudo de la retención en la fuente del próximo año. La decisión, que busca enfrentar la falta de liquidez, ha generado críticas por su impacto en empresas y sectores productivos.
El Ministerio de Hacienda, bajo la dirección del ministro Germán Ávila, oficializó una medida que generará un cambio significativo en el calendario tributario del país. A través del Decreto 0572 de 2025, el Gobierno autorizó que la retención en la fuente correspondiente al año gravable 2026 sea cobrada anticipadamente a partir del 29 de mayo de 2025.
La decisión busca aliviar las crecientes presiones fiscales que enfrenta la administración Petro y garantizar liquidez inmediata en medio de un panorama económico complejo. El decreto se sustenta en el artículo 365 del Estatuto Tributario, que faculta al Gobierno a implementar mecanismos de retención para facilitar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta.
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“Esta medida responde a la necesidad de mantener la estabilidad fiscal. Es una herramienta para asegurar recursos sin acudir a nuevos tributos”, explicó el ministro Ávila.
Sin embargo, el anuncio no fue bien recibido por todos los sectores. El exdirector de la DIAN, Lisandro Junco, criticó fuertemente el decreto, calificándolo como una “expropiación al flujo de caja de las empresas”. Según él, puede provocar cesación de pagos, aumentar la cartera morosa de la DIAN y perjudicar a los empresarios.
A su vez, el representante a la Cámara Andrés Forero (Centro Democrático) denunció un incremento significativo en las tarifas de retención para agricultores (de 0,55% a 1,20%) y transportadores (de 1,10% a 3,50%), señalando que esto “puede desencadenar un nuevo paro nacional” y calificando la medida como “irresponsable”.
También la concejala Diana Diago anunció que demandará la medida, afirmando que “quieren cobrar por anticipado lo que no pueden recaudar con eficiencia”.
Tarifas y nuevas disposiciones
El decreto establece tarifas de retención que oscilan entre el 1,20% y el 4,5%, dependiendo de la actividad económica. Entre los sectores más impactados están:
- Extracción de hulla y gas natural: 4,5%
- Extracción de oro y metales preciosos: 4,5%
- Petróleo crudo: 2,7%
- Agricultura: desde 1,20%
- Transporte: hasta 3,50%
Además, se mantiene la posibilidad de realizar autorretención, aunque esta será complementaria. También se introducen mecanismos de compensación o devolución de saldos a favor, con base en los artículos 850 y siguientes del Estatuto Tributario.
El Ministerio justificó la medida como un paso para optimizar la administración tributaria, combatir prácticas de evasión y evitar arbitrajes regulatorios. “Los cambios tendrán un impacto positivo en la gestión financiera de los contribuyentes”, afirmó la entidad.
Un nuevo reto fiscal
Con esta estrategia, el Gobierno busca mejorar el flujo de caja en 2025, aunque algunos expertos advierten que podría generar un “vacío fiscal” para el 2026, cuando se agoten los recursos adelantados. El artículo 807 del Estatuto Tributario establece que un mayor pago en autorretenciones reducirá el anticipo del siguiente año, lo cual plantea nuevos retos para la próxima administración.
El decreto ya empezó a generar reacciones tanto en el Congreso como entre gremios y ciudadanos, anticipando una discusión fiscal y legal de alto impacto en los próximos meses. El Consejo Turístico Colombiano CTUR solicitó su revocatoria inmediata. A través de un comunicado, rechaza que la medida fue adoptada sin diálogo ni análisis técnico previo, y advierte que impone una carga tributaria anticipada que afecta la liquidez de miles de empresas turísticas, especialmente pymes e iniciativas rurales.
CTUR alerta que esta decisión compromete la sostenibilidad, el empleo y la inversión en una industria que el mismo Gobierno ha llamado “el nuevo petróleo”. El gremio hace un llamado al diálogo con el Ministerio de Hacienda para construir políticas fiscales justas y coherentes con el desarrollo del turismo en Colombia.
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