Suspensión del salario mínimo: efectos para empleadores

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La suspensión del salario mínimo 2026 obliga a un decreto transitorio y abre ajustes laborales y financieros para empresas.

Por: Abel Cupajita Rueda

El Consejo de Estado, mediante providencia del 12 de febrero de 2026, adoptó una medida cautelar de alto impacto económico y empresarial al suspender provisionalmente el decreto mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026.

Aunque la decisión no constituye aún una sentencia definitiva, sí genera efectos jurídicos inmediatos y obliga al Gobierno Nacional a expedir un nuevo salario mínimo transitorio mientras se decide el proceso judicial de fondo.

Para empleadores y empresas, esta decisión introduce un escenario excepcional: la posibilidad de ajustes regulatorios salariales dentro del mismo año fiscal.

¿Qué decidió exactamente el Consejo de Estado?

El Consejo de Estado resolvió:

Suspender provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se fijó el salario mínimo 2026.

Ordenar al Gobierno Nacional expedir un nuevo decreto que establezca un salario mínimo transitorio.

Mantener temporalmente vigente el salario mínimo actual hasta que se publique el nuevo acto administrativo.

La providencia establece que la suspensión solo será efectiva cuando el Gobierno expida el decreto sustitutivo, evitando así un vacío normativo en materia salarial.

¿Por qué se suspendió el salario mínimo?

El análisis del Consejo de Estado se centró en la legalidad del procedimiento utilizado para fijar el incremento del 23%.

La ley colombiana exige que el salario mínimo sea determinado considerando variables económicas específicas, entre ellas: inflación observada, productividad, crecimiento económico, contribución de los salarios al ingreso nacional, meta de inflación proyectada.

Según la Honorable Corporación, el decreto habría fundamentado el aumento principalmente en el concepto de “salario vital”, derivado de estudios internacionales, sin explicar con claridad cómo influyeron los criterios legales obligatorios en la cifra final.

Por esta razón, el Consejo de Estado consideró necesario revisar judicialmente la metodología utilizada por el Gobierno.

Efectos inmediatos para las empresas


No existen cambios inmediatos en la nómina. Las empresas deben continuar aplicando el salario mínimo vigente hasta que el Gobierno publique el nuevo decreto transitorio. No se requieren ajustes salariales inmediatos. Los pagos ya realizados siguen siendo válidos. El Consejo de Estado dispuso expresamente que las obligaciones laborales y económicas ya causadas o pagadas con base en el salario mínimo 2026 mantienen plena validez y no deberán reliquidarse.

Esto evita contingencias retroactivas para los empleadores.

Podría existir más de un salario mínimo durante 2026

Una vez se expida el decreto transitorio, el país podría tener distintos valores del salario mínimo dentro del mismo año calendario, lo cual implicará ajustes administrativos, contables y presupuestales para las empresas.

Impactos laborales y tributarios relevantes

Costos laborales: El salario mínimo incide directamente en: remuneraciones básicas, prestaciones sociales, recargos legales, indemnizaciones laborales, contratos indexados al SMMLV.

Un nuevo valor transitorio podría modificar las proyecciones de costos laborales para 2026.

Seguridad social y fiscalización UGPP: El salario mínimo define bases mínimas de cotización al sistema de seguridad social. Por ello, cualquier modificación impactará: aportes a salud y pensión, contribuciones parafiscales, revisiones futuras por parte de la UGPP.

Impacto tributario indirecto

El salario mínimo afecta múltiples variables regulatorias y fiscales, entre ellas: deducibilidad de costos laborales, sanciones económicas, valores indexados por ley, obligaciones contractuales vinculadas al SMMLV.

Las empresas deberán revisar sus presupuestos financieros cuando se conozca el nuevo valor provisional.

Lo que viene ahora

El proceso judicial continuará y puede extenderse por varios años. Mientras tanto, el escenario esperado es:

El Gobierno expedirá un decreto con un salario mínimo provisional. Ese valor regirá mientras se decide la legalidad definitiva del incremento. El Consejo de Estado emitirá posteriormente una sentencia final sobre el decreto original.

¿El Consejo de Estado fijó el nuevo porcentaje del salario mínimo?

El Honorable Consejo de Estado no estableció un porcentaje específico de incremento ni fijó directamente un nuevo salario mínimo.

Sin embargo, tampoco dejó libertad absoluta al Gobierno para determinar nuevamente cualquier cifra.

Límites impuestos al Gobierno

El nuevo decreto deberá explicar expresamente: cómo se aplicará cada criterio legal, cuál es el razonamiento cuantitativo utilizado, qué operación económica conduce a la cifra final, y cuál es el contexto económico que sustenta la decisión con base en fuentes oficiales.

El Consejo de Estado exige una relación verificable entre los indicadores económicos y el porcentaje adoptado.

Prohibición de repetir el decreto suspendido

La providencia advierte que las autoridades no pueden reproducir un nuevo acto administrativo que conserve esencialmente las mismas disposiciones suspendidas.

Esto obliga al Gobierno a modificar la fundamentación técnica del nuevo salario mínimo.

Alcance práctico

El Gobierno conserva la competencia para fijar el valor, pero ahora bajo control judicial directo, lo que exige una motivación económica verificable y coherente con los criterios legales.

Recomendaciones para empleadores

En el escenario actual se recomienda:

  • Mantener sin cambios las estructuras salariales hasta conocer el decreto transitorio.
  • Evitar modificaciones contractuales anticipadas indexadas al salario mínimo.
  • Revisar contratos y obligaciones vinculadas al SMMLV.
  • Evaluar escenarios financieros alternativos frente a posibles variaciones del costo laboral.
  • Realizar seguimiento regulatorio permanente durante el primer semestre de 2026.
  • La decisión del Consejo de Estado introduce un escenario inusual en Colombia: la fijación del salario mínimo entra en revisión judicial mientras produce efectos económicos.

Para los empleadores, el impacto principal no es inmediato sino operativo y financiero, debido a la posibilidad de ajustes regulatorios dentro del mismo año.

Más que eliminar el incremento salarial, la providencia establece límites jurídicos a la forma en que debe justificarse, marcando un precedente relevante sobre el control judicial de decisiones económicas del Estado y exigiendo mayor rigor técnico en la política salarial futura.

abel cupajita abogado

Abel Cupajita

Abogado Socio y Director de Sescol Tax & Legal a Abogados

Especialista en Derecho Tributario y de la Empresa

[email protected]


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